Suprema Corte tumba disposiciones sobre terapias de conversión en Guanajuato
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó por unanimidad las disposiciones del Código Penal de Guanajuato que reducían las sanciones contra madres, padres o tutores que sometieran a menores de edad o personas LGBTIQ+ bajo su cuidado a terapias de conversión sexual.
Durante la sesión, la Corte determinó que los llamados Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual, la Identidad o la Expresión de Género (Ecosieg) pueden constituir actos de tortura o equipararse a tratos crueles, inhumanos y degradantes.
El máximo tribunal señaló que estas prácticas vulneran los derechos a la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la salud y la integridad personal.
La ministra ponente, María Estela Ríos, afirmó que “la protección de la familia no puede justificar esquemas de sanción insuficientes frente a conductas que lesionan gravemente la orientación sexual y la identidad o expresión de género”.
La resolución también eliminó la disposición que excluía el delito cuando una persona mayor de edad supuestamente otorgaba su “consentimiento informado”.
Con esta decisión, la SCJN dejó sin efecto los párrafos del Código Penal de Guanajuato que contemplaban penas de 20 a 60 días para padres, madres o tutores responsables, además de tratamiento psicoterapéutico determinado por un juez.
La acción de inconstitucionalidad recordó que los Ecosieg carecen de sustento médico, psicológico o científico y representan un riesgo para la integridad física, mental y emocional de las personas.
El fallo alinea la legislación mexicana con estándares internacionales de derechos humanos y refuerza la protección de los derechos de las personas LGBTIQ+, luego de que en 1990 la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de su lista de enfermedades.
✅ #ComunicadoSonoro | Hoy la #SCJN reforzó la protección de niñas, niños, adolescentes y personas LGBTIQ+ al invalidar normas que permitían las llamadas “terapias de conversión”, por ser contrarias a la dignidad humana y los derechos fundamentales.
— Suprema Corte (@SCJN) May 25, 2026
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