SCJN avala penas de hasta 30 años de prisión por compartir videos sexuales de menores

Nacional / Nacional / Por: Staff NotiGape

Publicado: 15 de agosto, 2025 | 11:02 PM

SCJN avala penas de hasta 30 años de prisión por compartir videos sexuales de menores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional imponer penas de 15 a 30 años de prisión a quienes difundan, por cualquier medio, videograbaciones de contenido sexual en las que participen personas menores de edad.

El Alto Tribunal consideró que esta sanción es proporcional a la gravedad del delito, ya que busca salvaguardar derechos fundamentales como la dignidad humana, la libertad personal, el libre desarrollo de la personalidad y, de manera prioritaria, el bienestar de niñas, niños y adolescentes.

En una publicación en la red X (antes Twitter), la Corte subrayó que compartir este tipo de material merece el mismo castigo que producirlo, puesto que ambas conductas generan el mismo daño y, por lo tanto, deben sancionarse de igual manera para garantizar una protección efectiva de la infancia.

La resolución se dio el 13 de agosto de 2025, cuando la Primera Sala analizó el caso de una persona sentenciada a 15 años de cárcel por el delito de trata de personas en esta modalidad, conforme al artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas. El acusado promovió un amparo alegando que la pena era desproporcionada, pero este fue negado.

La SCJN recordó que la trata de personas es un fenómeno complejo que implica abusos y ofensas que atentan contra la dignidad humana. Por ello, justificó la aplicación de penas severas a quienes produzcan o difundan material sexual que involucre a menores, al considerar que estas prácticas dejan secuelas profundas y permanentes en las víctimas.

El Tribunal concluyó que la sanción establecida no vulnera el principio de proporcionalidad previsto en el artículo 22 constitucional, sino que responde a la necesidad de evitar la normalización de este delito y proteger de manera reforzada a la niñez y la adolescencia.

Con esta resolución, la Primera Sala dejó firme la condena de 15 años de prisión contra el sentenciado y ratificó la validez de la sanción prevista en la ley.

UANE